No obstante, el ISP hará énfasis en las actividades de fiscalización, vigilancia y control de estos productos, los que requieren del respectivo registro sanitario otorgado por el ISP para su comercialización. La reglamentación referente a estos productos está contenida en el D.S.239/02 (Reglamento del sistema nacional de control de cosméticos).
1. ¿Qué productos incluyen los cosméticos?
De acuerdo al Código Sanitario un producto cosmético se define como cualquier preparado que se destine a ser aplicado externamente al cuerpo humano, con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones fisicoquímicas normales de la piel y de sus anexos, que tenga solamente acción local o que de ser absorbido en el organismo carezca de efecto sistémico. Estos productos son utilizados comúnmente por millones de personas día a día, ejemplos básicos: jabón, pasta dental, desodorante, shampoo, bálsamo, crema de afeitar y para después de afeitar, protector solar, perfume, gel capilar, talco, maquillaje, entre otros.
Se denominan productos de higiene personal u odoríficos, aquellos que se apliquen a la superficie del cuerpo o a la cavidad bucal, con el exclusivo objeto de procurar su aseo u odorización.
Al hablar de productos cosméticos se deben tener las siguientes consideraciones, ya que nos ayudará a comprender el campo de acción de este tipo de productos:
- De uso externo como piel, sistema capilar, uñas, labios, órganos genitales externos, dientes y membranas mucosas de la cavidad oral, con el objeto exclusivo o principal de limpiarlas, perfumarlas, cambiar su apariencia y/o corregir olores corporales y/o protegerlas o mantenerlas en buen estado.
- No tienen acción terapéutica (prohibición de declarar acción terapéutica).
- De uso masivo: diario y permanente.
- Se aplican en pieles sanas, es decir, sin enfermedades a la piel o sus anexos.
2. ¿Qué restricción de cantidad por productos existen por envío o anual?
Si el importador es una persona natural, dispone un máximo de 3 envíos en un año, en donde cada uno de estos envíos no supere las 10 unidades. En caso supere esta cantidad de envíos o unidades requiere realizar trámite ante ISP. Empresas siempre requieren trámite ante ISP. Instructivo trámite ISP empresas.